Gloria Iñiguez Jiménez REGLAMENTO PARA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO Propuesta elaborada, julio 24 del 2021 Primera corrección, agosto 04 del 2021 Ing. Gloria Iñiguez Jiménez Mgtr. COORDINADORA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO Gloria Iñiguez Jiménez CONTENIDO MARCO LEGAL .................................................................................................................. 4 NORMA TÉCNICA PARA LAS UNIDADES ACADÉMICAS DOCENTES .................................. 7 MARCO LEGAL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO ..................................................................... 7 CAPÍTULO I ........................................................................................................................ 8 DEFINICIÓN Y OBJETIVOS .............................................................................................. 8 CAPÍTULO II ....................................................................................................................... 9 DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS/PRIVADAS ............................................................... 9 DE LOS CONVENIOS .................................................................................................... 10 CAPÍTULO III .................................................................................................................... 10 DEL RÉGIMEN ACADÉMICO ......................................................................................... 10 DEL RÉGIMEN DOCENTE ............................................................................................. 12 DEL RÉGIMEN ESTUDIANTIL ........................................................................................ 13 DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS ............................................................... 13 CAPÍTULO IV .................................................................................................................... 14 DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES.............. 14 CAPÍTULO V ..................................................................................................................... 17 DE LAS EVALUACIONES ............................................................................................... 17 DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................... 18 ANEXO 1 .......................................................................................................................... 20 FORMATOS PARA PRACTICAS PRE PROFESIONALES ................................................... 20 FORMATO No 1 ADGR – PPP ................................................................................... 20 FORMATO No 02 ADGR-PPP.................................................................................... 20 FORMATO No 03: Planificación del producto final, de Prácticas Pre Profesionales23 FORMATO No 4: Planificación de la Práctica Pre Profesional (con el método del marco lógico) ........................................................................................................... 26 FORMATO N° 5: Registro diario de Asistencia ........................................................ 27 FORMATO N° 6: Informe de seguimiento de prácticas pre – profesionales .............. 29 FORMATO N° 7: Evaluación del Docente Tutor de Carrera de Prácticas Pre Profesionales y en el ítem 4, califica tutor institucional. ........................................ 30 FORMATO No 8 ....................................................................................................... 33 INFORME TÉCNICO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES ....................................... 33 Gloria Iñiguez Jiménez RÚBRICA INFORME TÉCNICO .................................................................................. 34 FORMATO No 9 Informe Actividades Complementarias que presenta el estudiante ................................................................................................................................. 35 RÚBRICA ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA, PARA PRESENTACIÓN DEL INFORME ... 36 CARACTERÍSTICAS DE LA PRESENTACIÓN DEL INFORME ........................................ 37 INFORME DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES ................................ 38 SEGUIMIENTO QUINCENAL DE EJECUCIÓN............................................................. 38 ANEXO 2 ........................................................................................................................ 40 NORMA TÉCNICA PARA LA .......................................................................................... 40 IMPLEMENTACIÓN DE LAS PRACTICAS PRE-PROFESIONALES EN EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO PARA LA REDUCCION DE RIESGOS Y DESASTRES ...................... 40 CAPÍTULO I .................................................................................................................. 40 Normas Generales ................................................................................................... 40 CAPÍTULO II ................................................................................................................. 41 De las condiciones del Practicante .......................................................................... 41 CAPÍTULO III ................................................................................................................ 42 Del Procedimiento para Ingresar a las prácticas Pre profesionales ........................ 42 CAPÍTULO IV ................................................................................................................ 43 De la Evaluación y Control ....................................................................................... 43 ANEXO 3 .......................................................................................................................... 44 REGLAMENTO REGIMEN ACADÉMICO........................................................................ 44 PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PASANTÍAS .......................................................... 44 BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................. 47 Gloria Iñiguez Jiménez MARCO LEGAL Que, el Art. 340 de la (Constitución de la República del Ecuador, 2018) manifiesta: “El sistema nacional de inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo”. Que, el Art. 350 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo”. Que, el Art. 351 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Sistema de Educación Superior estará articulado al sistema nacional de educación y al Plan Nacional de Desarrollo y los principios por los cuales se rige. Que la (Ley Orgánica de Educación Superior LOES, 2018), en su Art. 8 literal h), manifiesta que son fines de la Educación Superior contribuir en el desarrollo local y nacional de manera permanente, a través del trabajo comunitario o extensión universitaria. Que, los Arts. 87 y 88 de la LOES: Requisitos previos a la obtención del título y Servicios a la comunidad.- habla de que los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad mediante prácticas o pasantías pre-profesionales debidamente monitoreadas en los campos de su especialidad, de conformidad con los lineamientos generales definidos por el Consejo de Educación Superior en coordinación con organizaciones comunitarias, empresa e instituciones públicas, beneficiando a los sectores rurales. Que, el Art.107 de la LOES, indica que: “El principio de pertinencia consiste en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a la diversidad cultural”. Que de acuerdo a Ley Orgánica de Educación Superior - CES, en el Art. 87.- Requisitos previos a la obtención del título.- Como requisito previo a la obtención del título, los y las estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad mediante prácticas o pasantías preprofesionales, debidamente monitoreadas en los campos de su http://www.ces.gob.ec/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=11:ley-organica-de-educacion-superior&Itemid=137 Gloria Iñiguez Jiménez especialidad, de conformidad con los lineamientos generales definidos por el Consejo de Educación Superior. Dichas actividades se realizarán en coordinación con organizaciones comunitarias, empresas e instituciones públicas y privadas relacionadas con la respectiva especialidad. Que, las prácticas pre profesionales de la Carrera Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, en la formación académica, tipo práctico que se desarrolla en el décimo ciclo (quinto año), según la malla del 2013, para integrar a los Estudiantes en el proceso de enseñanza-aprendizaje, a través de la aplicación del método trabajo-estudio; asumiendo responsabilidades técnico-administrativas, para el fortalecimiento de la docencia y servicio. Que, los estudiantes de Administración para Desastres y Gestión de Riesgos desarrollarán actividades en las áreas de: Amenaza, Vulnerabilidad, Riesgos, Emergencia / desastre, Componentes de la Gestión de Riesgos, Áreas de la Gestión de Riesgos; con el propósito de aplicar y profundizar los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes adquiridas durante su formación, alineadas con el mandato constitucional que es proteger “... a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico...”, siguiendo los lineamientos de los objetivos de Desarrollo Sostenible y Plan Nacional de Desarrollo vigentes para nuestro país. Que, las prácticas pre profesionales: Es un programa del área de integración docente asistencial de las instituciones del sistema de educación superior, que tiene como objetivo aplicar y profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas, proporcionados a las y los estudiantes en los nueve niveles anteriores de la carrera. Que, en el Art: 8 del Reglamento de Régimen Académico. El programa de prácticas preprofesionales, se desarrolla en décimo ciclo, con una duración de 480 horas o su equivalente a un ciclo académico. Que, en el Art. 14. del Reglamento de Régimen Académico, dice: “Para la consecución de los objetivos del programa, el estudiante practicante deberá cumplir las obligaciones académicas que determine la Carrera y la Facultad de Ciencias de la Salud y del Ser Humano y las obligaciones laborales que señalen las instituciones acogientes” ACUERDA: La Carrera Administración Para Desastres y Gestión del Riesgos en acuerdo con la Universidad vincula a los futuros profesionales con los posibles escenarios laborales Gloria Iñiguez Jiménez institucionales que viabilice la relación de comunicación y retroalimentación correspondiente, cumpliendo así con la ofertad académica de la carrera de la IES con la sociedad. BASE LEGAL Art. 29. Campos de formación de la Educación Superior de tercer nivel de grado. - Relacionado con el PRAXIS PROFESIONAL. “Integra conocimientos teórico- metodológicos y técnico-instrumentales de la formación profesional e incluye las prácticas preprofesionales, los sistemas de supervisión y sistematización de los mismos” Artículo 89. Prácticas Preprofesionales. - “Son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y al desarrollo de destrezas y habilidades específicas que un estudiante debe adquirir para un adecuado desempeño en su futura profesión. Estas prácticas deberán ser de investigación-acción y se realizarán en el entorno institucional, empresarial o comunitario, público o privado, adecuado para el fortalecimiento del aprendizaje. Las prácticas pre profesionales son parte fundamental del currículo conforme se regula en el presente Reglamento.” Art. 91. Prácticas preprofesionales durante el proceso de aprendizaje. - “En la educación técnicas superior, tecnológica superior y sus equivalentes, y de grado, las prácticas pre profesionales se podrán distribuir en las diferentes unidades de organización curricular, tomando en cuenta los objetivos de cada unidad y los niveles de conocimiento y destrezas investigativas adquiridos.” Art. 94. Realización de las prácticas preprofesionales. - “Las instituciones de educación superior diseñarán, organizarán evaluarán las correspondientes prácticas pre profesionales para cada carrera. Para el efecto, las lES implementarán programas y proyectos de vinculación con la sociedad, con la participación de sectores productivos, sociales, ambientales y culturales. Estas prácticas se realizarán conforme a las siguientes normas: Las actividades de servicio a la comunidad contempladas en los artículos 87 y 88 de la LOES serán consideradas como prácticas pre profesionales. Para el efecto, se organizarán programas y proyectos académicos que deben ejecutarse en sectores urbano marginales y rurales. Estas prácticas tendrán una duración 480 horas de prácticas pre profesionales o lo correspondiente a un ciclo académico establecidas en el art. 89 del presente reglamento. Gloria Iñiguez Jiménez Todas las prácticas preprofesionales deberán ser planificadas, monitoreadas y evaluadas por un tutor académico de la IES, en coordinación con un responsable de la institución en donde se realizan las prácticas (Institución receptora). Toda práctica preprofesional estará articulada a una asignatura, curso o su equivalente, u otro espacio de integración teórico-práctico que permite el acompañamiento y guía de un tutor académico. El tutor académico de la práctica preprofesional deberá incluir en la planificación las actividades, orientaciones académicas-investigativas y los correspondientes métodos de evaluación de las mismas Para el desarrollo de las prácticas preprofesionales, cada IES establecerá convenios o cartas de compromiso con las contrapartes públicos o privadas. Como parte de la ejecución de los mismos deberá diseñarse y desarrollarse un plan de actividades académicas del estudiante en la institución receptora. NORMA TÉCNICA PARA LAS UNIDADES ACADÉMICAS DOCENTES MARCO LEGAL DE LA GESTIÓN DEL RIESGO Constitución de la República del Ecuador vigente (Sección Novena Gestión del Riesgo). En el Art. 389. El estado se encargará de proteger a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres ya sea de origen natural o antrópico mediante la prevención de riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar las condiciones de vulnerabilidad. En el Art. 390. Los riesgos se generarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respecto a su autoridad en el territorio y sin relevar sus responsabilidades. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) Art. 140. Ejercicio de la competencia de gestión de riesgo. - La gestión de riesgo que incluye las acciones de prevención, mitigación, reconstrucción y trasferencia, para Gloria Iñiguez Jiménez enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecta a la comunidad se gestionará de manera concurrente y de forma articulada con las políticas y planes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la constitución y la ley. CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO Acorde a lo establecido en la Constitución, LOES, CES, COOTAD y Reglamento de Prácticas de la Universidad Estatal de Bolívar y demás normativas vigentes para el país y la Educación Superior, considera lo siguiente: CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Art. 1. Las prácticas pre profesionales se definen como el período de tiempo, en décimo ciclo; en el cual él estudiante de la Carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo completa su formación profesional aplicando sus conocimientos, habilidades que fomenta la promoción y protección de la comunidad ante eventos peligrosos, impulsando la rehabilitación y reconstrucción, mediante un proceso continuo y sostenido con el individuo, familia, comunidad y la sociedad. Art. 2. Las prácticas pre profesionales de la Carrera Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, se cumplirá en el último ciclo de la Carrera, que se realizará en las diferentes instituciones, que deberán estar articuladas mediante un convenio interinstitucional cuyo objeto debe incluir prácticas pre profesionales, que debe estar vigente con la Universidad Estatal de Bolívar, para receptar Estudiantes de la Carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo. Art. 3. Las prácticas pre profesionales de la Carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, estará bajo la responsabilidad de la Coordinación de la Carrera y será coordinado por un Docente Coordinador de Prácticas, que será el encargado de elaborar el plan de prácticas para cada ciclo, que varía en relación directa al número de Estudiantes que se matriculen en décimo y todo el proceso serán presentados a Consejo Directivo para su aprobación respectiva. Art. 4. Las prácticas pre profesionales tienen los siguientes objetivos: Propiciar la participación de todos los sectores involucrados, dando soporte técnico y orientando en la toma de decisiones, en cuanto a la gestión adecuada del riesgo natural o antrópico. Gloria Iñiguez Jiménez Promover el conocimiento y la comprensión de los riesgos conocidos y desconocidos, informando y sensibilizando de forma planificada a la institución escogiente, sobre las necesidades básicas y aspectos relevantes que se presenten al relacionar, analizar o estudiar algún evento peligroso en la entidad. Integrar a la sociedad, en el proceso de manejo del riesgo y ayudar a establecer confianza pública en las instituciones encargadas de tomar decisiones, aplacando la desconfianza y la violencia difundida. Buscando consolidar los esfuerzos haciéndolos más eficientes, rápidos para asegurar la intervención y la respuesta de las autoridades. Promover el desarrollo de capacidades en la población para que se prepare, participe de la minimización y prevención del riesgo en los espacios de su vida cotidiana: la familia, la comunidad, el trabajo, etc. Desarrollar proyectos de vinculación con la sociedad y grupos vulnerables, a través de procesos de investigación acción en donde se considere la trasversalidad del Riesgo. CAPÍTULO II DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS/PRIVADAS Art. 5. Las prácticas pre profesionales de la Carrera Administración para Desastres y Gestión del Riesgos, se desarrollará en las Unidades, Direcciones, Departamentos, Coordinaciones y otras áreas que desempeñen funciones para el manejo de riesgos y desastres del sector público y/o privado. Estas instituciones para ser escogientes, deberán al menos cumplir con 3 de los siguientes aspectos: Estar ubicados en las cabeceras provinciales, cantonales y parroquiales de las provincias. Disponer de una oficina, para atención a la Gestión del Riesgo. Dentro del personal de la institución, contar con profesionales en Gestión del riesgo o afín al área, como: Agrónomo, Ambiental, Salud Ocupacional o Seguridad Industrial; o a su vez, una persona que al menos tenga 1 año de experiencia en gestión del riesgo. Dentro de sus competencias, desempeñar funciones acordes a la formación académica de los Estudiantes de Riesgos, que permita desempañar roles que vinculen su conocimiento con la práctica a través del producto final, que dejarán en la entidad como parte de su permanencia y aporte para la gestión del riesgo en la Institución o en sus intereses como entidades gestoras del riesgo para la Sociedad. Gloria Iñiguez Jiménez DE LOS CONVENIOS Art.6. Para el desarrollo de las prácticas pre profesionales, se establecerán convenios marco y específicos que permitan mantener la relación asistencial-docente de acuerdo a lo que dispone el Art. 389-390 de la Gestión del Riesgo. • Cada convenio deberá tener fundamentalmente como mínimo los siguientes ítems: • Objeto del convenio: que incluya prácticas pre profesionales • Vigencia del convenio: mínimo 3 años • Lugar de ejecución: definido por la entidad • Certificado a obtener por los estudiantes: que incluyan nombres completos, número de cédula, el tema del producto final y las horas cumplidas. • Obligaciones de las partes en las áreas: académica, científica, de servicios, y vinculación tanto administrativa, como con la población. Los convenios deberán celebrarse previo al inicio de las prácticas pre profesionales, es decir, estar vigentes antes del ingreso de los Estudiantes y durante todo el proceso de permanencia de ellos, en las Instituciones. Art. 7. RÉGIMEN LEGAL Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. - Se deja expresa constancia que este convenio es de naturaleza civil. En tal virtud como consecuencia del mismo, las partes aclaran que entre ellos no se establece relación laboral ni de dependencia de las contempladas en el Código de Trabajo o en la Ley Orgánica del Servidor Público con el personal contratado por las instituciones. CAPÍTULO III DEL RÉGIMEN ACADÉMICO Art 7.- El programa de prácticas pre profesionales, se desarrolla en décimo ciclo de la Carrera Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, con una duración de un mínimo de 450 horas o la que correspondencia a un ciclo académico en la institución designada por la Coordinación de la Carrera y la Coordinación de prácticas pre profesionales, estipulada en el plan de prácticas de cada ciclo que deberá presentarse una semana antes del inicio de cada ciclo para su aprobación en Consejo Directivo. Art 8.- Las prácticas pre profesionales, se desarrolla en las áreas de: Gestión de riesgos, medio ambiente, salud ocupacional, ciencias exactas, química, ciencias naturales, ciencias de entorno social, entre otras que se relacionen con riesgos y eventos peligrosos. Gloria Iñiguez Jiménez Art 9.- Las prácticas pre profesionales, implica que el estudiante practicante, tenga las capacidades para el tratamiento integral de problemas tales como: ❖ Conocimiento y análisis de riesgo, identificando la vulnerabilidad y los elementos expuestos. ❖ Minimizar el riesgo, mediante la prevención o mitigación que contempla aprendizaje continuo y monitoreo de cada realidad y su entorno. ❖ Manejo de eventos peligrosos, a través de la preparación, sistema de alerta, de respuesta y planes que los direccionen a desenvolverse de forma apropiada frente al evento en estudio o análisis, buscando la resiliencia de la población. ❖ Recuperación, rehabilitación y reconstrucción, de comunidades y territorios impactados por eventos peligrosos, que promuevan su desarrollo y superación de circunstancias adversas de origen natural o antrópico. Art.10 Las prácticas pre profesionales, contemplará en su organización previa al inicio, una semana de inducción académica, para el fortalecimiento de conocimientos a los estudiantes y la orientación del desarrollo de trabajos a cumplirse en su permanencia en las Instituciones donde cumplirán las prácticas. Los Docentes tutores impartirán las clases, temáticas, tareas y demás actividades que finalizarán con la emisión de notas; que una vez promediadas por la coordinación de prácticas serán las notas que se entreguen al finalizar el ciclo, para su respectivo registro en el Sistema SIANET. Art.11 En el proceso de ejecución de las prácticas pre profesionales, los Estudiantes junto con sus tutores (2), uno institucional y uno de la Carrera desarrollarán los formatos que dan soporte técnico al producto final que presentaran como resultado de sus prácticas. Los Docentes tutores emitirán las notas de producto y de defensa; que una vez promediadas por la coordinación de prácticas serán las notas que se registren en el Sistema SIANET- Prácticas Pre Profesionales. Art.12 Para la consecución de los objetivos de las prácticas y por ser estas presenciales en su totalidad, el estudiante que se matricula en décimo ciclo de la Carrera; deberá cumplir el horario a tiempo completo establecido para la ejecución de sus prácticas; por lo tanto, no podrá estudiar o realizar otra actividad que no sea del fiel cumplimiento de horas presenciales para la ejecución de sus prácticas pre profesionales, según el tiempo establecido en el Plan de prácticas del Ciclo vigente. Art.13 Después de cumplir con el tiempo establecido de sus prácticas pre profesionales, en las entidades asignadas, los estudiantes deberán cumplir con el proceso de revisión, corrección reajuste de los formatos y del producto final. Para una vez, cumplido con todos esos documentos legalizados con firma, nota, sello y con un promedio no menor a 7 (siete/10), se presentará a defensa de su producto. Gloria Iñiguez Jiménez DEL RÉGIMEN DOCENTE Art.14 La planta docente del programa de prácticas pre profesionales estará conformado por: • Un tutor/a para cada institución asignada, • Un tutor institucional. • Un coordinador/a del proceso de prácticas pre profesionales en general Art.15.- El Coordinador de las prácticas pre profesionales cumplirán las actividades académicas bajo el sistema de tutoría directa y trabajo autónomo, a través de investigaciones bibliográficas con participación activa de los/las Docentes Tutores y los Estudiantes. Será responsable de: • Elaborar el plan de prácticas, para cada ciclo, • Coordinar la semana de inducción con los Docentes Tutores, • Coordinar el ingreso de los Estudiantes a las diferentes Instituciones, • Coordinar y ejecutar el sorteo de las plazas. • Coordinar y ejecutar la asignación de Docentes tutores, mediante sorteo Receptar las notas emitidas por los Docentes Tutores, de la semana de inducción, para seguir el proceso y emitir las notas a la coordinación de Carrera. Nota menor a 7, el Estudiante pierde décimo ciclo. Receptar el informe y las notas emitido por los Docentes Tutores, de todo el proceso de prácticas, hasta la defensa, para seguir proceso y registrar las notas en el Sistema; nota menor a 7 el Estudiante pierde décimo ciclo. Recibir los formatos, el producto final de cada una de las plazas, para subir junto con los Estudiantes al SISTEMA. Una vez, recibido todos los documentos en físico y digital, por cada uno de los Estudiantes y sus Docentes Tutores, a quienes tengan un promedio superior a 7,00/10 y haber ingresado la información al SISTEMA, se emite el certificado. Quienes tengan menos de 7 puntos, no se sube la información al Sistema, porque el Estudiante no aprobó el décimo ciclo. El Coordinador/a de prácticas pre profesionales, presentará el informe final correspondiente, cuando ya ha emitido los certificados. El informe final, debe ser aprobado por Consejo Directivo. Gloria Iñiguez Jiménez Art. 16.- Los Docentes Tutores cumplirán lo siguiente: Cumplir con la capacitación de la semana de inducción, según coordinación establecida en el plan de prácticas. Emitir las notas que corresponden a las tareas, pruebas, examen, durante la ejecución de la semana de inducción; que corresponden a una nota para los Estudiantes. Si la nota es inferior a 7 (siete) el estudiante pierde el ciclo, porque corresponde a la nota de asignatura a subir al SIANET. 1. Definir el tema del producto final, en conjunto con los Estudiantes y el Tutor Institucional 2. Seguimiento durante todo el proceso de ejecución de las prácticas, a la elaboración de todos los formatos y el producto final. 3. Revisar, validar y firmar los informes quincenales que presentan los Estudiantes, durante la ejecución de prácticas. 4. Responsable de la elaboración del producto final y formatos con los Estudiantes, que serán calificados y firmados; las notas serán promediadas por la coordinación de prácticas para luego ser subidas al Sistema en prácticas pre profesionales. 5. Responsable de realizar la defensa de los productos finales, de los Estudiantes asignados para esta actividad, según cronograma emitido por la coordinación de prácticas. 6. Emitir el informe final de tutorías a las prácticas, en físico y digital junto con las notas obtenidas por los estudiantes en la defensa del producto final. (UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR, 2105) DEL RÉGIMEN ESTUDIANTIL Art. 17.- Para ser considerado prácticas pre profesionales, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos: • Haber aprobado los nueve ciclos de formación. • Estar matriculada/o en décimo ciclo en la Carrera de Ingeniería en Administración para Desastres y Gestión del Riesgo • Haber aprobado las asignaturas de Cultura Física, Idiomas e Informática de la UEB • Disponibilidad a tiempo completo, para las prácticas presenciales. • Haber cumplido el proyecto de vinculación. DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS Art. 18.- La selección y asignación de plazas a las estudiantes se realizará siguiendo la normativa del reglamento correspondiente, observando las siguientes prioridades: Gloria Iñiguez Jiménez Prioridad Uno: considera el 10% de los estudiantes con los mejores puntajes obtenidos en todo el proceso de formación, en reconocimiento al mérito académico Prioridad Dos: Estudiantes que presentan discapacidad mayor al 30% emitido por el organismo competente, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas que limiten el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico. Se incluirá a esta prioridad al estudiante que tenga un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad, en las condiciones de salud establecidas en el párrafo anterior y que se encuentren bajo su cuidado directo. Prioridad Tres: Estudiantes embarazadas, hecho que será justificado con la entrega prevista del certificado que legitime su calidad de gestante, emitido por un facultativo de un establecimiento de salud del MSP Prioridad Cuatro: Estudiantes a cargo de niños menores de hasta 3 años, cumplidos hasta la fecha del ingreso a las prácticas pre profesionales (documento legal que demuestre la patria potestad o tenencia del menor) Prioridad Cinco: Para aquellas estudiantes que no incluyen las prioridades establecidas en este reglamento, se someterán al sorteo de las plazas para su ubicación. Una vez realizado el sorteo, los Estudiantes que no aplicaron a ninguna de las 4 prioridades antes mencionadas, tendrán 20 minutos para de forma voluntaria y de mutuo acuerdo, acogerse al intercambio de plaza, por una sola vez, debiendo firmar un registro de cambio para constancia de su decisión. CAPÍTULO IV DE LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES De las Obligaciones: Art 19. El estudiante practicante de la Carrera de Ingeniería en Administración para Desastres y Gestión del Riesgo tendrán las siguientes obligaciones: a. Cumplir con la Normativa Legal de la Universidad Estatal de Bolívar, Facultad de Ciencias de la Salud y el Ser Humano, Carrera de Ingeniería en Administración para Desastres y Gestión del Riesgo b. Cumplir con las normas, reglamentos, procedimientos y las actividades al que han sido asignados y que constan el en plan de prácticas. c. Cumplir con el horario determinado para las actividades académicas y actividades institucionales. Gloria Iñiguez Jiménez d. Asistir en forma obligatoria a las actividades académicas, a los encuentros planificados por la coordinación de las prácticas e. Asistir en forma obligatoria a las tutorías, con el Docente Tutor de prácticas y acoger sus sugerencias y disposiciones para mejorar su trabajo, tanto en formatos como en su producto final. f. Mantener en todo momento una ACTITUD ÉTICA en la relación estudiante- docente, tutor institucional, sociedad y compañeros de la Institución. g. Respetar y custodiar los insumos y materiales utilizados para cumplir las actividades encomendadas h. Colaborar con los miembros del equipo de trabajo de la institución, ejerciendo sus funciones en y a la hora indicada. i. Dejará el producto final, en la institución, llevando registro de la entrega que presentará a la coordinación de prácticas. j. Acogerá las sugerencias y recomendaciones de sus Tutores (2), al inicio, durante y en la defensa de su trabajo final. k. Presentar a la Coordinación de prácticas pre profesionales el certificado de haber cumplido con el proceso, luego de finalizado el mismo, certificado por las autoridades de la Institución correspondiente l. Para finalizar las prácticas pre profesionales presentará todos los documentos: formatos y producto final en físico y digital, calificados y firmados por sus tutores (2). Art. 20.- De los derechos del estudiante practicante, en las prácticas pre profesionales son los siguientes: a. Respetar, cumplir y hacer cumplir sus deberes y derechos en el desempeño de sus funciones asignadas por la institución, tutores o coordinación de Carrera y/o prácticas. b. Tendrá derecho a permiso para asistir a eventos programados por el coordinador/a de Carrera y/o de prácticas, o por situación de salud o calamidad doméstica, previa la comunicación a las instancias correspondientes. c. Si no asiste a sus prácticas, es de responsabilidad directa, coordinar con su Tutor institucional, como recuperar el tiempo para que no afecte al total de horas que requiere obligatoriamente para dar por cumplido con sus prácticas. Debe ser comunicado a su tutor de Carrera. d. Si dentro de su cotidianidad, debe salir fuera de su lugar de prácticas asignado; deberá presentar un oficio a la coordinación de Carrera con copia a la Coordinación de prácticas, comunicando lo siguiente: e. Razón de la salida: actividad que va a cumplir fuera f. Fecha de la salida y su regreso Gloria Iñiguez Jiménez g. Condición de movilización: transporte institucional, propio o público h. Con quien se movilizará: tutor institucional, otro funcionario Art. 21.- De las Licencias y permisos Se concederá licencias y permiso en los siguientes casos: Por enfermedad, hasta por ocho días debidamente justificadas a través de la presentación del certificado médico otorgados por el IESS, MSP, según corresponda y legalizado por el Departamento de Bienestar Estudiantil de la UEB. Por maternidad, tendrá derecho durante ocho días en parto normal y 15 días por cesárea, pudiendo prolongarse si el caso amerita, siempre y cuando no interfiera con los objetivos del programa, debidamente justificadas a través de la presentación del certificado médico otorgados por el IESS, MSP, según corresponda y legalizado por el Departamento de Bienestar Estudiantil de la UEB. Y de mutuo acuerdo con su tutor institucional, debiendo coordinar con la Institución la recuperación o no, de esos días para asegurarse cumplir al final con las horas requeridas para el cumplimiento de las prácticas. Por calamidad doméstica, no más de tres días, debidamente justificadas a través de la presentación del certificado correspondiente y legalizado por el Departamento de Bienestar Estudiantil de la UEB. Entendiéndose por calamidad doméstica el fallecimiento, accidente o enfermedad grave del cónyuge o conviviente, padres, hermanos; y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad; debiendo coordinar con la Institución la recuperación o no, de esos días para asegurarse cumplir al final con las horas requeridas para el cumplimiento de las prácticas. Art. 22.- De las faltas disciplinarias Abandonar el Área asignada sin autorización debidamente certificada. a. Faltar al lugar de prácticas y horarios establecidos, verificados por el Docente Tutor o coordinador/a de Carrera y/o prácticas. b. Consumir estupefacientes y/o ingerir bebidas alcohólicas o participar en actividades que atenten contra la ley y la moral en el interior de los servicios institucionales c. Solicitar o recibir retribuciones económicas por parte de los usuarios del servicio d. Retirar documentos y equipos de la institución sin la autorización correspondiente. e. Provocar conflictos interpersonales en la unidad f. Trato descortés y deshumanizado al ciudadano, familia y comunidad Gloria Iñiguez Jiménez g. Faltar a las actividades académicas organizadas por Carrera de Ingeniería en Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, la Facultad de Ciencias de la Salud y del Ser Humano y la Universidad Estatal de Bolívar Art. 23.- De las sanciones disciplinarias a. Las sanciones disciplinarias por orden de gravedad serán las siguientes b. Amonestación verbal c. Amonestación escrita d. Suspensión de las prácticas pre profesionales e. La amonestación verbal se aplicará por faltas leves que no reincidan f. La amonestación escrita se impondrá cuando el practicante haya recibido durante un mismo mes calendario dos o más amonestaciones verbales g. Las practicantes que faltaren a la práctica y a los días académicos por tres días consecutivos sin justificación debidamente comprobada por las instancias respectivas, serán suspendidas en la práctica correspondiente y se notificará a la institución correspondiente. h. Por otras faltas que cometiera el estudiante, se procederá de acuerdo al Reglamento de estímulos y sanciones de la UEB, de acuerdo a la gravedad y al presente reglamento. CAPÍTULO V DE LAS EVALUACIONES Art. 24.- La evaluación en el periodo de prácticas se aplicará en los formatos establecidos y se evaluará los resultados de aprendizaje tanto en el desempeño práctico como académico, para el proceso de evaluación se aplicará lo que establece el reglamento de evaluación de la UEB, durante la semana de inducción a cargo de los Docentes Tutores. INDICADORES PUNTOS Actividades de aprendizaje asistido por el Docente tutor, durante la semana de inducción 2 Nivel de investigación para trabajos presentados 2 Prácticas de aplicación y experimentación de los conocimientos adquiridos, en el desarrollo la semana de inducción 1,50 Aprendizaje y procedimiento técnico 2 Evaluación parcial y final, de la temática, dictada en la semana de inducción 2,5 TOTAL 10 Gloria Iñiguez Jiménez Art. 25.- Para el proceso de evaluación se utilizará los formatos de calificación durante la ejecución de las prácticas pre profesionales, que califica actividades realizadas como árbol de problemas, marco lógico, informe de producto final; las actividades complementarias no serán calificadas, pero si es obligatoria la presentación del informe. Y la defensa del producto final, se calificará lo siguiente: INDICADORES PUNTOS Actividades de aprendizaje asistido por el Docente tutor, para elaborar el producto final 2 Nivel de investigación para el producto final 2 Prácticas de aplicación y experimentación de los conocimientos adquiridos, en el desarrollo del producto final 1,50 Aprendizaje y procedimiento técnico 2 Evaluación del desarrollo – defensa, del tema que presenta 2,5 TOTAL 10 DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA. - En caso de suscitarse controversias entre el presente reglamento y otros reglamentos de la Universidad Estatal de Bolívar, prevalecerá este reglamento por ser de carácter especial para la Carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo. SEGUNDA. - El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por las instancias respectivas, como tal. TERCERA. - mientras se sigue el proceso de la aprobación del presente reglamento, para los siguientes ciclos a partir de la fecha de presentación a las instancias correspondientes, servirá de guía para la elaboración del plan de prácticas y demás acciones correspondientes al planteamiento, ejecución y todo el proceso que conlleva las prácticas pre profesionales de la Carrera de Riesgos. Gloria Iñiguez Jiménez DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA, el presente REGLAMENTO PARA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO, entrará en vigencia a partir de la aprobación en Consejo Universitario. SECRETARÍA GENERAL CERTIFICA: QUE, el REGLAMENTO PARA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO, fue analizado, discutido y aprobado por Consejo Universitario en Sesión Ordinaria 011-2021, de fecha 2 de septiembre del 2021. ABG. MÓNICA LEÓN GONZÁLEZ SECRETARIA GENERAL DR. ARTURO ROJAS SÁNCHEZ RECTOR Publíquese a través de los diferentes medios de comunicación el REGLAMENTO PARA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES CARRERA ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DEL RIESGO. Guaranda 2 de septiembre, 2021 Gloria Iñiguez Jiménez ANEXO 1 FORMATOS PARA PRACTICAS PRE PROFESIONALES FORMATO No 1 ADGR – PPP Guaranda, ………………………………….. …………………….. Presente. – De mi consideración: Por este intermedio y con el respaldo del convenio interinstitucional vigente, solicitamos muy comedidamente, nos permita el ingreso de …………… Estudiantes de la Carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo de la Universidad Estatal de Bolívar, con la finalidad de que cumplan con sus prácticas pre profesionales. El estudiante se presentará a cumplir con el proceso de prácticas, desde el ……………………….. hasta el …………………………………………. Para el mejor cumplimiento, desempeño de nuestros Estudiantes y buscando aportar en el área de riesgos a la Institución; nos permito solicitar a Usted, la siguiente información: ❖ Asignación del tutor institucional: Nombre de la persona asignada como Tutor por parte de su Institución: Cargo que desempeña dentro de la Institución el/la Tutor/a Asignado/a ❖ Del Estudiante para sus prácticas: Función o cargo asignado para cumplir durante las Prácticas, Departamento o unidad en la que se desempeñarán Horario a cumplir, durante la ejecución de las Prácticas, ❖ Tema del Producto final, que en coordinación con el Tutor de la Institución y el Tutor de la Carrera; se elaborará como trabajo final de las Prácticas (relacionado a la Gestión de Riesgos). ❖ Al finalizar las prácticas, solicitamos se emita un certificado desde su Institución, que valide le cumplimiento de las mismas; que contenga 480 horas de prácticas, tema del producto final, nombres completos del estudiante y número de cédula de cada uno. Por la favorable atención y acogida a la presente le anticipamos nuestros sinceros agradecimientos. Atentamente, COORDINADORA CARRERA ADGR DOCENTE COORD. PPP CARRERA ADGR FORMATO No 02 ADGR-PPP De: …………………………………………. – COORDINADOR/A PRÁCTICAS PREPROFESIONALES Fecha: ………………………………………. Para: Docentes Tutores Asunto: Plazas asignadas y cronograma, Ciclo: ……………………… Gloria Iñiguez Jiménez A través de este medio, emito a Uds. las plazas asignadas mediante el sorteo realizado el ……………………………. y el cronograma de prácticas, para su consideración y aplicación. PLAZAS ASIGNADAS A DOCENTES TUTORES, EN SORTEO DESARROLLADO EL ………….. DEL ……. PLAZA ESTUDIANTES DOCENTE CRONOGRAMA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES, CICLO ……………………………………………………. ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE Presentación de documentos para justificar prioridades bajo el reglamento de prácticas Estudiantes: • Vía email institucional: • Documentos escaneados y con todos los respaldos legales. • En físico en la secretaria de la Carrera Sorteo de Plazas Coordinación -Docentes Tutores – Estudiantes Inducción: • Realizar la conferencia, ejercicios teóricos – práctico, pruebas y/o evaluaciones; que considere cada Docente en su tema a tratar en inducción. • Emitir las notas de las actividades desarrolladas, vía email y en físico. Docentes Tutores - Estudiantes Inicio de Prácticas Estudiantes – Coordinación PPP Presentar tema del Producto final Estudiantes- Docentes Tutores de Carrera ADGR Análisis y aprobación de temas Docentes Tutores (Todos los Docentes que tienen carga horaria, para prácticas) – Coordinación PPP Gloria Iñiguez Jiménez Finalización Estudiantes – Docentes Tutores Carrera Tutorías de Docentes de Carrera, con horas asignadas para acompañamiento, seguimiento, evaluación y calificación de productos, de las prácticas pre profesionales Estudiantes - Docentes Tutores • Revisión final de formatos: Del ….. al …….., emitir calificación y firma en los documentos. • Esta nota será emitida, a la Coordinación de Carrera, para registro en el SIANET, como nota de la asignatura de Décimo ciclo. Estudiantes - Docentes Tutores de Carrera • Defensas de Producto final. Reajuste de Productos sugeridos en Defensa. • Entrega de informe de Tutorías, de las notas de defensa y la nota de producto final, en digital y físico. • La nota de producto final (Formato 10) y la nota de defensa del producto, su promedio será registrado como nota final de prácticas en el sistema SIANET Estudiantes - Docentes Tutores • Subir al Sistema: Productos, Formatos y notas que corresponde a prácticas pre profesionales. • Promediar y emitir las notas que corresponde a la asignatura que corresponde a Décimo Ciclo Según cronograma para la actividad. Estudiantes - Coordinación PPP Emisión de Certificados Coordinación de prácticas pre profesionales Agradezco su comprensión y a la espera de su respuesta, para que el Sr. Estudiante pueda seguir el proceso, de Ud; Atentamente, DOCENTE CARRERA ADGR CC: Estudiantes Gloria Iñiguez Jiménez FORMATO No 03: Planificación del producto final, de Prácticas Pre Profesionales PRESENTACIÓN DE TEMAS DE INVESTIGACIÓN - ACCIÓN PARA PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES 1. DATOS GENERALES Nombre o Título del Tema: Nombre de la Facultad o Unidad Académica Responsable: Facultad de Ciencias de la Salud y del ser Humano Carrera: Administración para Desastres y Gestión del riesgo Línea de Investigación: Investigación de campo: Esta línea de investigación se centra en los eventos masivos, en la cual muchas veces han existido tragedias irreparables. La gestión de riesgo está enfocada en estos riesgos como son agresión física, muertos por intoxicación del alcohol y exceso masivo de bebidas embriagantes, y nuestro deber es establecer medidas de prevención a través de un estudio previo de los eventos anteriores. Sub-línea de Investigación o vinculación COBERTURA Y LOCALIZACIÓN Local ☐ Regional ☐ Nacional ☐ Objetivos del PNDD Tensiones o Problemas zonales (Ejes) Gloria Iñiguez Jiménez EMPRESAS O INSTITUCIONES INVOLUCRADAS EN EL PROYECTO Institución Principal: Dirección: Ciudad: Correo Electrónico: Pág. Web. Teléfonos/Fax: Institución: Dirección: Ciudad: Correo Electrónico Pág. Web. Teléfonos/Fax: Fecha de presentación Fecha de inicio Fecha de finalización PERSONAL RESPONSABLE DEL PROYECTO Nombres y Apellidos del Docente Tutor de la Carrera ADGR Cargo Unidad/Dpto Correo Electrónico Teléfonos Sexo Nombres y Apellidos del Tutor Institucional Nombres y Apellidos del o los estudiantes 2.1 Descripción de la situación actual del tema del producto final, motivo de la práctica pre profesional: 2.2 Identificación, descripción y diagnóstico del problema: 2. DIAGNÓSTICO Y PROBLEMA Gloria Iñiguez Jiménez 2.3. Identificación y caracterización de la población objetivo (beneficiarios e involucrados) Número directos Hombres: Número directos Mujeres: Total número directos: Total número indirectos: Personas capacidades especiales: Posibles restricciones/supuestos: 3. OBJETIVOS DEL TEMA PLANTEADO 3.1 General: 3.2 Específicos: 4. METODOLOGÍA PARA LA INVESTIGACIÓN ABORDE METODO-TÉCNICA E INSTRUMENTOS, QUE APLICARÁ EN SU TRABAJO 5. Transferencia Tecnológica (Su tema generará): Resultados Marque una X Informe de Investigación/acción Artículo Científicos Prototipos Registro de Propiedad Intelectual Otros Gloria Iñiguez Jiménez 6. BIBLIOGRAFÍA U OTRA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA CITADA (APA) Apellidos del Autor Nombre del autor Año Título Ciudad Editorial 7. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD ________________________________ ____________________________ Docente-Tutor del Carrera Tutor Institucional Nombre: Nombre: __________________________ _______________________________ Estudiante Estudiante FORMATO No 4: Planificación de la Práctica Pre Profesional (con el método del marco lógico) 1. OBJETIVOS DEL PROYECTO (Puede auxiliarse del árbol del problema u objetivos) ÁRBOL DE PROBLEMAS: …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… ÁRBOL DE OBJETIVOS: …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… Gloria Iñiguez Jiménez RESUMEN NARRATIVO INDICADOR MEDIO DE VERIFICACIÓN SUPUESTOS Fin: Propósito: Componente 1 Actividad 1.1.1 Actividad 1.1.2 Componente 2: Actividad 2.1.1 Actividad 2.1.2 Componente 3: Actividad 3.1.1 Actividad 3.1.2 2. METODOLOGÍA PARA LA INVESTIGACIÓN Describa la aplicación en su tema, la metodología método técnica e instrumento 3. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD POR REVISIÓN APROBACIÓN ______________________ __________________________ Docente-Tutor Carrera ADGR Tutor Institucional ___________________________ _______________________________ Estudiante Estudiante FORMATO N° 5: Registro diario de Asistencia REGISTRO DE ASISTENCIA DIARIA DEL(A) ESTUDIANTE EN PRÁCTICAS Lugar donde realiza la práctica: ……………………………… Nombre del practicante: ………………………………………… Semestre: Desde……………………………… Hasta………………………………………. Gloria Iñiguez Jiménez AÑO/MES/SEMANA: Desde …………………… Hasta …………….. Ejemplo: 2021/06/2: Desde lunes 07 Hasta viernes 11 HORA INGRESO FIRMA HORA SALIDA FIRMA OBSERVACIONES ❖ FIRMA Y SELLO DEL DOCENTE-TUTOR INSTITUCIONAL DE PRACTICAS PREPROFESIONALES POR TALENTO HUMANO, O DIRECTOR DEPARTAMENTAL ❖ PUEDE SER REMPLAZADO POR EL FORMATO QUE MANEJE LA INSTITUCIÓN, QUE DEBERÁN PRESENTAR COMPIA A COLOR, CON FIRMA Y SELLO ORIGINAL QUE LO VALIDE. Gloria Iñiguez Jiménez FORMATO N° 6: Informe de seguimiento de prácticas pre – profesionales DATOS GENERALES: Estudiante …………………………………………………. Semestre …………………………………………………. Institución: ……………………………………………. Dirección …………………………………………………… Fecha de visita Actividades Porcentaje de Observaciones cumplimiento …………………….. ………………………… …………………. Tutor Carrera Tutor Institucional Estudiante Gloria Iñiguez Jiménez FORMATO N° 7: Evaluación del Docente Tutor de Carrera de Prácticas Pre Profesionales y en el ítem 4, califica tutor institucional. 1. DATOS GENERALES: 1.1 DATOS DEL ESTUDIANTE Nombre: ……………………………………….. Nº de Cédula de Identidad: ……………………………….. Teléfonos: …………………………………………… E-Mail……………………………………… 1.2 DATOS DE LA EMPRESA / INSTITUCIÓN Nombre: ………………………………………………………………………………… Dirección: ……………………………………………………………………………… 2. DURACIÓN Fecha de Inicio: …………………. Fecha de Finalización: ………………………… Horario Establecido: …… Número de horas cumplidas: ………… 3. DESEMPEÑO DEL ESTUDIANTE, CALIFICADO POR EL TUTOR DE CARRERA ÍTEM INSTRUMENTO CALIFICACIÓN 10/10 1 Control de Avance de Actividades Se respaldará con el Formato N° 06, presenta avances acordes a lo solicitado, realiza las correcciones sugeridas y desarrolla su producto a la par con los formatos. Resultados Alcanzados 2 El estudiante presenta: • Informe pormenorizado indicando los resultados que se lograron con la práctica pre profesional, se respalda en los informes de actividades, que lleva todo el proceso y que es revisado y firmado por el tutor de Carrera. • Sustenta su trabajo en definición del problema, justificación y marco lógico. Nota 4. EVALUACIÓN TUTOR INSTITUCIONAL Gloria Iñiguez Jiménez ÍTEM INSTRUMENTO NOTA DE LA EVALUACIÓN 1 Evaluación de proceso de prácticas, producto final. Califica sobre 5 puntos 2 Evaluación actividades complementarias (que no corresponden al producto final), cumplidas en el proceso de prácticas en la Institución. Califica sobre 5 puntos. NOTA FINAL SOBRE 10 ÍTEM INSTRUMENTO DE APOYO PARA EVALUACIÓN, TUTOR INSTITUCIONAL PRODUCTO FINAL 1 2 3 4 5 1 Control de Avance de Actividades: Cumple con las tareas planificadas Resultados Alcanzados 2 (Presenta Informe quincenal, indicando los resultados que se lograron con la práctica pre profesional en razón del cumplimiento de metas y objetivos) Demuestra conocimientos en el área de práctica pre profesional no remunerada 3 (El Tutor puede emitir juicios de valor con respecto al conocimiento demostrado por el estudiante) 4 Adaptabilidad e Integración al sistema de trabajo de la Institución. 5 Aplicación y manejo de destrezas y habilidades acordes al perfil profesional 6 Demuestra capacidad de liderazgo y de trabajo en equipo 7 Asiste puntualmente 8 Capacidad de Trabajo en Equipo / Presión ÍTEM INSTRUMENTO DE APOYO PARA EVALUACIÓN, TUTOR INSTITUCIONAL ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS 1 2 3 4 5 1 Control de Avance de Actividades: Cumple con las tareas planificadas Resultados Alcanzados 2 (Presenta Informe quincenal, indicando los resultados que se lograron con la práctica pre profesional en razón del cumplimiento de metas y objetivos) Demuestra conocimientos en el área de práctica pre profesional no remunerada 3 (El Tutor puede emitir juicios de valor con respecto al conocimiento demostrado por el estudiante) 4 Adaptabilidad e Integración al sistema de trabajo de la Institución. 5 Aplicación y manejo de destrezas y habilidades acordes al perfil profesional 6 Demuestra capacidad de liderazgo y de trabajo en equipo 7 Asiste puntualmente 8 Capacidad de Trabajo en Equipo / Presión Gloria Iñiguez Jiménez 5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: DESDE LA INSTITUCIÓN, PARA LA CARRERA DE ADGR: 5.1 Debilidades reflejadas en el desempeño del estudiante: ………………………………………………………………………………………… ……… ………………………………………………………………………………………… ……… 5.2 Recomendaciones para mejorar el desempeño del estudiante: ………………………………………………………………………………………… ……… ………………………………………………………………………………………… ……… 6. ¿Desea continuar recibiendo estudiantes para que realicen las prácticas pre profesionales en su Institución? SI_______ NO_______ 7. En caso de ser afirmativa su respuesta a la pregunta anterior: ¿Cuántos estudiantes recibiría? …… 8. En caso de ser negativa su respuesta a la pregunta seis: ¿Podría tener la amabilidad de indicar el motivo? ________________________________________________________________ ________________________________________________________________ 9. OBSERVACIONES ________________________________________________________________ ________________________________________________________________ 10. FECHA DE EVALUACIÓN: _________________________________________________________________ 11. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD: …………………….. ………………………… …………… Tutor Carrera Tutor Institucional Estudiante No cédula: No cédula: No cédula: Gloria Iñiguez Jiménez FORMATO No 8 INFORME TÉCNICO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES El informe deberá iniciar con una portada, como la que se presenta a continuación: INSTITUCIÓN DONDE REALIZÓ LA PRÁCTICA ………………………….. NOMBRE DEL ESTUDIANTE: ……………………………………………… NOMBRE DEL DOCENTE TUTOR CARRERA: …………………………………………… NOMBRE DEL TUTOR INSTITUCIONAL: ………………………………… TEMA: ……………….. CALIFICACIÓN FINAL (en letras y números): ………………………………. …. /10 …………………….. ………………………… ……………… Tutor Carrera Tutor Institucional Estudiante No cédula: No cédula: No cédula: CIUDAD, ……………………….. Gloria Iñiguez Jiménez RÚBRICA INFORME TÉCNICO LINEAMIENTOS 9 - 10 7- 8 6 …. Portada Presenta datos generales, calificación y firma de todos 1 Presenta datos generales, con calificación y sin firmas de todos 0,80 Presenta datos generales, sin calificación y sin firmas de todos 0,60 Introducción ¿Qué? (Cuál es el trabajo a realizar) ¿Por qué? (Las razones que lo justifican, marco lógico) ¿Dónde? ¿Cómo? ¿Para qué? Tema del producto final afín a la Carrera, dentro de las líneas de investigación 0,25 El tema del producto final, no está bien definido y afín a la Carrera, dentro de las líneas de investigación 0,20 El tema del producto final no es afín a la Carrera, y no está dentro de las líneas de investigación 0,10 Caracteriza el tema, número de beneficiarios, línea de investigación, sector de investigación-ubicación y desarrollo, descripción del proceso, problemas abordados, recomendaciones de mejora en los procesos 1,5 Caracteriza el tema, no registra número de beneficiarios, no detalla la línea de investigación, sector de investigación- ubicación y desarrollo, no describe el proceso, problemas abordados, recomendaciones de mejora en los procesos 1,30 Caracteriza el tema, no registra número de beneficiarios, no detalla la línea de investigación, sector de investigación- ubicación y desarrollo, no describe el proceso, no menciona el/los problemas abordados, ni las recomendaciones de mejora en los procesos 1,10 Dentro de los procesos de la institución, identificar las áreas en las que se desenvolvió y hacer una descripción detallada de las actividades cumplidas en las mismas. 1 Dentro de los procesos de la institución, no identifica las áreas en las que se desenvolvió y/o no hace una descripción detallada de las actividades cumplidas en las mismas. 0,80 Dentro de los procesos de la institución, no identifica las áreas en las que se desenvolvió, no hace una descripción detallada de las actividades cumplidas en las mismas. 0,60 La intencionalidad del trabajo realizado y los objetivos del mismo 1 La intencionalidad del trabajo realizado y los objetivos del mismo, no están enlazados, no corrigió a tiempo. 0,80 La intencionalidad del trabajo realizado y los objetivos del mismo, no corresponden al tema 0,50 Desarrollo Metodología Técnicas Limitaciones Bibliografía actualizada Fotos, diagramas Describe en forma clara que es lo que realizó en su práctica pre profesional no remunerada, que metodología utilizó, cuáles fueron las técnicas de trabajo, recursos utilizados, limitaciones encontradas y éxitos alcanzados. 1,25 La descripción de que realizó en su práctica pre profesional no remunerada, que metodología utilizó, cuáles fueron las técnicas de trabajo, recursos utilizados, limitaciones encontradas y éxitos alcanzados, no es clara. 1 No describe en forma clara que es lo que realizó en su práctica pre profesional no remunerada, que metodología utilizó, cuáles fueron las técnicas de trabajo, cuáles fueron los recursos utilizados, cuáles fueron las limitaciones encontradas. 0,70 Argumenta su trabajo con bibliografía (desde el 2016), diagramas, fotos, esquemas, planos, etc.; con fechas y que tenga relación con el perfil de egreso, resultados de aprendizaje específicas de la Carrera. 1 Argumenta su trabajo con bibliografía desactualizada, diagramas, fotos, esquemas, planos, etc.; sin fechas y que tenga relación con el perfil de egreso, resultados de aprendizaje específicas de la Carrera. 0,80 Argumenta su trabajo sin bibliografía, diagramas, fotos, esquemas, planos, etc.; sin fechas y no tienen relación con el perfil de egreso, resultados de aprendizaje específicas de la Carrera. 0,60 Conclusiones Resume los aspectos más resaltantes de las actividades realizadas, que objetivos se cumplieron 1 No resume los aspectos más resaltantes de las actividades realizadas, solo resume los objetivos que se 0,80 No resume los aspectos más resaltantes de las actividades realizadas, ni qué objetivos se cumplieron 0,60 Gloria Iñiguez Jiménez Parámetros de Calificación: 9-10 Muy Bien 8-7 Bueno ...6 Re prueba el ciclo FORMATO No 9 Informe Actividades Complementarias que presenta el estudiante1 INSTITUCIÓN DONDE REALIZÓ LA PRÁCTICA ………………………….. NOMBRE DEL ESTUDIANTE: ……………………………………………… NOMBRE DEL DOCENTE TUTOR CARRERA: …………………………………………… NOMBRE DEL TUTOR INSTITUCIONAL: ………………………………… ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA, TEMA: ……………….. ………………….. ………………………… -------------------- Tutor Carrera Tutor Intitucional Estudiante No cédula: No cédula: No cédula: 1 Será elaborado y firmado por el estudiante y presentado a los Docente Tutor y Tutor Institucional, al final entregado al Coordinador de prácticas pre profesionales de la Carrera cumplieron. O viceversa. Recomendaciones Recomiendan lo que creen conveniente que la institución y la universidad las conozcan y las apliquen 1 Las recomiendan de lo que creen conveniente que la institución y la universidad las conozcan y las apliquen, son incoherentes y confusas 0,80 No recomiendan lo que creen conveniente que la institución y la universidad las conozcan y las apliquen 0,60 Anexos Evidencia y contribuye a aclarar o complementar la información presentada, debe llevar título y estar referenciada en el contenido 1 La evidencia, no es representativa y no contribuye a aclarar o complementar la información presentada 0,70 No evidencian ni contribuye a aclarar o complementar la información presentada 0,60 10 8 6 Gloria Iñiguez Jiménez Actividad complementaria: es la o las actividades que el Estudiante realizó, en la institución durante sus prácticas pre profesionales como aporte a la entidad y parte de su formación práctica que refuerza su conocimiento académico. El informe técnico de estas actividades debe cumplir con la rúbrica adjunta. ESTA ACTIVIDAD NO ES CALIFICADA, PERO SI REVISADA Y APROBADA. RÚBRICA ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA, PARA PRESENTACIÓN DEL INFORME Portada Presenta datos generales, calificación y firma de todos Generalidades ¿Qué? (Cuál es el trabajo a realizar) ¿Por qué? (Las razones que lo justifican, marco lógico) ¿Dónde? ¿Cómo? ¿Para qué? Tema del producto final – afín a la Carrera, dentro de las líneas de investigación Caracteriza el tema, número de beneficiarios, línea de investigación, sector de investigación-ubicación y desarrollo, descripción del proceso, problemas abordados, recomendaciones de mejora en los procesos Dentro de los procesos de la institución, identificar las áreas en las que se desenvolvió y hacer una descripción detallada de las actividades cumplidas en las mismas. La intencionalidad del trabajo realizado y los objetivos del mismo Desarrollo Metodología Técnicas Limitaciones Bibliografía actualizada Fotos, diagramas Describe en forma clara que es lo que realizó en su práctica pre profesional no remunerada, que metodología utilizó, cuáles fueron las técnicas de trabajo, recursos utilizados, limitaciones encontradas y éxitos alcanzados. Argumenta su trabajo con bibliografía (desde el 2016), diagramas, fotos, esquemas, planos, etc.; con fechas y que tenga relación con el perfil de egreso, resultados de aprendizaje específicas de la Carrera. Conclusiones Resume los aspectos más resaltantes de las actividades realizadas, que objetivos se cumplieron Recomendaciones Recomiendan lo que creen conveniente que la institución y la universidad las conozcan y las apliquen Anexos Evidencia y contribuye a aclarar o complementar la información presentada, debe llevar título y estar referenciada en el contenido Gloria Iñiguez Jiménez CARACTERÍSTICAS DE LA PRESENTACIÓN DEL INFORME El informe deberá redactarse en tercera persona o en forma impersonal: Tipo de letra: Times New Román Estilo de fuente: Normal Tamaño de letra: 12 Espacio: Simple (1) A ENTREGAR: • El (la) estudiante deberá presentar formatos y producto final de prácticas pre profesionales, con firma y nota del Tutor Institucional y Docente Tutor; para su aprobación al finalizar las prácticas pre profesionales. • El estudiante entregará al Coordinador de Prácticas Pre Profesionales de la Carrera los siguientes documentos: Formatos del No 3 al No 9, obligatorio, debidamente revisados por sus Tutores, calificados firmados y sellados, según el caso. • Producto final • Informe de Tutorías de su Docente Tutor, uno por plaza • Certificado de la Institución donde realizó la Práctica Pre Profesional La información referente a las prácticas pre profesionales se entregará en formato impreso y en formato digital (CD), con su respectiva carátula grabada con el Logo de la IES, indicando los nombres completos del estudiante, tema del producto final de la práctica pre profesional, el nombre de la Institución donde realizó las prácticas pre profesionales, Carrera y período académico. El CD contendrá en una carpeta: los formatos del 03 al 9, debidamente firmados, grabados en PDF. Otra carpeta el/los productos finales de prácticas pre profesionales. La entrega del CD y los impresos se realizarán según el cronograma establecido con esa finalidad, para subir producto final al sistema SIANET Ejemplo de etiqueta del CD a entregar: Sello de UEB UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD Y DEL SER HUMANO CARRERA DE ADMINISTRACIÓN PARA DESASTRES Y GESTIÓN DE RIESGOS Informe de prácticas pre profesionales Gloria Iñiguez Jiménez Sus nombres completos Lugar de la práctica (Nombre de la Institución), Fechas de: inicio y finalización de las prácticas Nombre del Tutor asignado por la Carrera de ADGR INFORME DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES SEGUIMIENTO QUINCENAL DE EJECUCIÓN FECHA DE ENTREGA: ………………………………………………………. SEMANA 1: Desde………………………………… Hasta ……………………………. FECHA DE ELABORACIÓN DE INFORME: ……………………………….. DATOS GENERALES DE LA PLAZA: PROVINCIA: ……………………… CANTÓN: ………………….. PARROQUIA: …………………. SECTOR: …………………… PLAZA PPP: ……………………… INTRODUCCIÓN La introducción es en cuanto a las actividades que cumplió, en el período de informe OBJETIVOS GENERALES Los objetivos, son planteados en relación a las actividades que cumplió. Recuerde, que los objetivos tienen resultados, que deben reflejarse en su informe, TANTO LAS ACTIVIDADES DE SU PRODUCTO, COMO LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: • ………………….. • ……………….. Gloria Iñiguez Jiménez ACTIVIDADES REALIZADAS Aquí describa, todas las actividades más relevantes ( que le llevo más tiempo), durante el período de informe, detallando de forma clara y precisa, si es actividad de su producto final o es actividad complementaria. • ………………………………….. • ……………………………………. • ……………………………………….. ANEXO FOTOGRÁFICO: Las fotografías están directamente relacionadas con las actividades que Ud puso. Deben evidenciar su cumplimiento. No más de 2 fotografías, por actividad, con la descripción correspondiente que detalle a que actividad corresponde la imagen RECOMENDACIONES: En relación a las actividades cumplidas • …………………… • ………………………… • ………………….. CONCLUSIONES • En relación a las actividades cumplidas • …………………… • ………………………… • ………………….. RESPONSABILIDADES ELABORADO POR: REVISADO Y VALIDADO POR: ESTUDIANTE/S EN PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES ………………………… ………………………… TUTOR INSTITUCIÓN (plaza) ………………………….. TUTOR CARRERA - UEB Gloria Iñiguez Jiménez ANEXO 2 NORMA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS PRACTICAS PRE-PROFESIONALES EN EL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO PARA LA REDUCCION DE RIESGOS Y DESASTRES CAPÍTULO I Normas Generales Art. 1.- Del objeto. - La presente norma tiene por objeto establecer la base normativa, técnica y procedimental para la vinculación de las y los estudiantes de la carrera de Administración para Desastres y Gestión del Riesgo a través de la implementación de las practicas pre-profesionales en el sector público y privado que maneje el componente de reducción de riesgos y desastres, a través de un convenio individualizado de prácticas pre profesionales. Art. 2.- Del ámbito de aplicación. - Las disposiciones de la presente norma son de aplicación obligatoria para las instituciones del sistema de educación superior y para los sectores público y privado Art. 3.- Definiciones. - Para efectos de la aplicación de la presente norma, se considerarán las siguientes definiciones: Practicas pre profesional: Es un tipo de modalidad formativa que permite a los estudiantes universitarios aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de trabajo. Se realiza mediante un convenio de aprendizaje que se celebra entre: la institución, el estudiante y la universidad. a) Para el cumplimiento de su objetivo, el Programa de prácticas pre profesionales se efectuará en el último nivel de la carrera que tiene la duración de 6 meses calendario. Se iniciará y terminará en las fechas fijadas en la programación de prácticas pre profesional y se desarrollará con la modalidad de prácticas obligatorias, en el sector publico/privado de las instituciones. b) Este Programa estará bajo el apoyo, supervisión y evaluación de la institución del sistema de educación superior a la que pertenecen las y los estudiantes; y, c) Pre profesional: Es el estudiante del área de Gestión de Riesgos que se encuentra en el último año de la carrera y que participa de actividades estudiante-docente, en calidad de estudiante, en los establecimientos de sector publico/privado, asignados según la programación establecida y de la institución del sistema de educación superior. La o el practicante no deberá perder su condición de estudiante durante la Gloria Iñiguez Jiménez realización de las prácticas. Art. 4.- De los responsables. - Son responsables de la aplicación de la presente norma: Las instituciones del sector publico/privado, receptores de los estudiantes practicantes, que deberán proporcionar todas las facilidades para la realización y culminación de las practicas; y, Las instituciones del sistema de educación superior en donde estudian las y los estudiantes practicantes, que realizarán el monitoreo y la evaluación de las actividades durante el desarrollo de las prácticas, y deberán controlar la ejecución de los convenios individualizados e informar a la coordinadora de prácticas pre profesionales en caso de incumplimiento. Art. 5.- De la inexistencia de relación laboral. - Por su naturaleza, los convenios individualizados de las prácticas pre profesionales no originan relación laboral, ni generan derechos ni obligaciones laborales o administrativas, tampoco crean ningún tipo de estabilidad laboral para las y los practicantes, quienes no son sujetos de indemnización alguna y no ingresan al servicio público. Art. 6.- De la condición de vulnerabilidad. - Las instituciones del sector Publico/Privado, receptoras de los estudiantes practicantes, y las instituciones del sistema de educación superior tienen la obligación de fomentar la participación de las y los estudiantes que tengan condición de vulnerabilidad en la realización de las prácticas, con igualdad de oportunidades y cumplimiento de actividades encomendadas en la institución receptora. CAPÍTULO II De las condiciones del Practicante Art. 7.- Del número de estudiantes practicantes- El número de estudiantes será máximo de 5 personas en cada institución del sector Publico/Privado, dependiendo de la necesidad que se dé en cada período académico. Art. 8.- De la distribución de estudiantes practicantes en el nivel desconcentrado. - El número total de practicantes para las instituciones Publico/ Privado, será establecido según la metodología de Cálculo de Planificación del Plan de prácticas pre profesionales. Art. 9.- De la duración de las Practicas Pre profesionales. - Para la Carrera de Ingeniería en Administración para Desastres y Gestión del Riesgo, tendrá una duración de seis (6) meses continuos en la realización de las practicas pre profesionales, para las demás carreras de ciencias de la salud, el tiempo será definido en base a la planificación de formación superior que le corresponda a cada carrera, por la institución del sistema de educación superior. Gloria Iñiguez Jiménez Los estudiantes practicantes deberán asistir de manera continua a la institución que se les asigne durante este período, a excepción de aquellos casos en los cuales exista una condición médica debidamente certificada que le impida a la o al estudiante la asistencia continua, como en el caso de sufrir una enfermedad grave o encontrarse en estado de parto o postparto, en cuyo caso la o el practicante deberá completar el período de seis meses de forma posterior a su período de lactancia o una vez recuperado de la enfermedad. En caso de prolongarse este período de ausencia por más de quince días, o de suscitarse ausencias permanentes injustificadas que no garanticen el aprendizaje de la o del practicante, la institución del sistema de educación superior dispondrá que la o el estudiante repita su práctica pre profesional. Art. 10.- De la duración de la jornada. - Las y los estudiantes practicantes cumplirán el horario establecido por la institución receptora cumpliendo las 450 horas de prácticas preprofesionales. La institución receptora deberá llevar un registro de la asistencia de los estudiantes aceptados en la institución para desarrollar sus prácticas pre profesionales, que los estudiantes deberán presentar obligatoriamente a la coordinación de prácticas, como parte de su documentación que valida el proceso. CAPÍTULO III Del Procedimiento para Ingresar a las prácticas Pre profesionales Art. 11.- Del requerimiento. - Este proceso se fundamenta en la coordinación entre las instituciones del sistema de educación superior y las instituciones del sector Público/Privado, bajo el marco de los convenios que se suscribirán entre ellas para este fin. Art. 12.- Del proceso de asignación de plazas. - El proceso de asignación de plazas de estudiantes practicantes, se llevará a cabo en base a la normativa vigente en el plan de prácticas pre profesionales. Art. 13.- Del convenio interinstitucional de prácticas Pre profesionales. - Una vez asignado el número de plazas por parte del coordinador/a de prácticas, para la realización del mismo se deberá contar con un convenio suscrito en el marco de cooperación interinstitucional entre cada institución del sector Público/Privado y las instituciones del sistema de educación superior. Art. 14.- De la obligación individualizada de los estudiantes practicantes. - La o el practicante tiene la obligación de sujetarse al Reglamento Interno, al Código de Ética y a las políticas internas de las instituciones receptoras, en lo que fuere aplicable. Gloria Iñiguez Jiménez CAPÍTULO IV De la Evaluación y Control Art. 15.- De la evaluación de las y los estudiantes practicantes. - Las instituciones receptoras del sector Público/Privado emitirá a través del tutor institucional la calificación al desempeño de la o del practicante a la institución del sistema de educación superior, quien realizará las evaluaciones de las actividades de acuerdo con su plan de prácticas formativas. Art. 16.- Del seguimiento y control de los practicantes. - Los tutores académicos efectuarán el control de la aplicación de la presente norma, y verificarán que las y los practicantes vinculados a las instituciones se encuentren realizando las actividades que se estipulan en el proceso de ejecución de las prácticas. Disposiciones Generales: PRIMERA. - Las instituciones del Sector Público/Privado emitirán la normativa de los practicantes y aquellos instructivos que se requieran para la aplicación de la presente norma. SEGUNDA. - De la ejecución de la presente Norma encárguese a los tutores institucionales; la que además se coordinará con los tutores académicos para mejorar la definición de las actividades que realizará la o el practicante y proporcionarán la inducción al practicante, con el fin de dar a conocer los lineamientos generales para la efectiva ejecución de las prácticas. TERCERA. - Las instituciones del Sector Público/Privado emitirán un certificado que valide las prácticas de los Estudiantes que contenga nombres completos, cédula, tema y total de horas cumplidas por cada Estudiantes asignada a la entidad. Gloria Iñiguez Jiménez ANEXO 3 REGLAMENTO REGIMEN ACADÉMICO PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Y PASANTÍAS Articulo 89.- Prácticas pre profesionales. - Son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y al desarrollo de destrezas y habilidades específicas que un estudiante debe adquirir para un adecuado desempeño en su futura profesión. Estas prácticas deberán ser de investigación-acción y se realizarán en el entorno institucional, empresarial o comunitario, público o privado, adecuado para el fortalecimiento del aprendizaje. Las prácticas pre profesionales o pasantías son parte fundamental del currículo conforme se regula en el presente Reglamento. Cada carrera asignará, al menos, 400 horas para prácticas pre profesionales, que podrán ser distribuidas a lo largo de la carrera, dependiendo del nivel formativo, tipo de carrera y normativa existente. El contenido, desarrollo y cumplimiento de las prácticas pre profesionales serán registrados en el portafolio académico del estudiante. La realización de las prácticas pre profesionales en las carreras de modalidad de aprendizaje dual, se regularán en el respectivo Reglamento que para el efecto expida el CES. {Artículo reformado mediante resoluciones RPC-SO-4S-No.53S-2014, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria, desarrollada el17 de diciembre de 2014 y RPC-SE-03-No.004-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Tercera Sesión Extraordinaria, desarrollada el 22 de marzo de 2016) Artículo 90,- Pasantías. - Cuando las prácticas pre profesionales se realicen bajo la figura de pasantía serán reguladas por la normativa aplicable a las pasantías, sin modificar el carácter y los efectos académicos de las mismas. (Artículo reformado mediante Resolución RPC-SO-17-No.269-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Décima Séptimo Sesión Ordinaria, desarrollada el 04 de mayo de 2016). Artículo 91.- Prácticas pre profesionales durante el proceso de aprendizaje. - En la educación técnica superior, tecnológica superior y sus equivalentes, y de grado, las prácticas pre profesionales se podrán distribuir en las diferentes unidades de organización curricular, tomando en cuenta los objetivos de cada unidad y los niveles de conocimiento y destrezas investigativas adquiridos. (Artículo reformado mediante Resolución RPC-SO-4S-No.53S-2014, adoptado por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria. desarrollada el17 de diciembre de 2014. Gloria Iñiguez Jiménez Artículo 92.- Prácticas de posgrado. - Los programas de posgrado, dependiendo de su carácter y requerimientos formativos, podrán incorporar horas de prácticas previo a la obtención de la respectiva titulación, con excepción de las especializaciones en el campo específico de la salud en las que estas prácticas son obligatorias. (Artículo reformado mediante Resolución RPC-SE-03-No.004-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Tercera Sesión Extraordinaria, desarrollada el 22 de marzo de 2016. Artículo 93.- Ayudantes de cátedra e investigación. - Las prácticas pre profesionales podrán realizarse mediante ayudantías de cátedra o de investigación cuando, en correspondencia con sus requerimientos institucionales, las lES seleccionen estudiantes para que realicen tales prácticas académicas de manera sistemática. Los ayudantes de cátedra se involucrarán en el apoyo a las actividades de docencia del profesor responsable de la asignatura, curso o su equivalente y desarrollarán competencias básicas para la planificación y evaluación que efectúa el profesor. Los ayudantes de investigación apoyarán actividades de recolección y procesamiento de datos, a la vez que participarán en los procesos de planificación y monitoreo de tales proyectos. Las ayudantías de cátedra o de investigación podrán ser remuneradas o no. (Artículo reformado mediante Resolución RPC-SE-03-No.004-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Tercera Sesión Extraordinaria, desarrollada el 22 de marzo de 2016). Articulo 94.- Realización de las prácticas pre profesionales. - Las instituciones de educación superior diseñarán, organizarán y evaluarán las correspondientes prácticas pre profesionales para cada carrera. Para el efecto, las lES implementarán programas y proyectos de vinculación con la sociedad, con la participación de sectores productivos. Sociales, ambientales. Culturales, actores y organizaciones de la economía popular y solidaria. Estas prácticas se realizarán conforme a las siguientes normas: 1. Las actividades de servicio a la comunidad contempladas en los artículos 87 y 88 de la LOES serán consideradas como prácticas pre profesionales. Para el efecto. Se organizarán programas y proyectos académicos que deberán ejecutarse en sectores urbano-marginales y rurales. Estas prácticas tendrán una duración mínima de 160 horas del mínimo de 400 horas de prácticas pre profesionales establecidas en el artículo 89 del presente Reglamento, inclusive para la modalidad dual. 2. Todas las prácticas pre profesionales deberán ser planificadas, monitoreadas y evaluadas por un tutor académico de la IES, en coordinación con un responsable de la institución en donde se realizan las prácticas (institución receptora). En la modalidad dual, se establecerá además un tutor de la entidad o institución receptora. Gloria Iñiguez Jiménez 3. Toda práctica pre profesional estará articulada a una asignatura, curso o su equivalente, u otro espacio de integración teórico· práctico que permita el acompañamiento y guía de un tutor académico. El tutor académico de la práctica pre profesional deberá incluir en la planificación las actividades, orientaciones académicas-investigativas y los correspondientes métodos de evaluación de las mismas. 4. Para el desarrollo de las prácticas pre profesionales, cada lES establecerá convenios o cartas de compromiso con las contrapartes públicas o privadas. Como parte de la ejecución de los mismos deberá diseñarse y desarrollarse un plan de actividades académicas del estudiante en la institución receptora. 5. En caso de incumplimiento de compromisos por parte de la institución o comunidad receptora, o del plan de actividades del estudiante, la institución de educación superior deberá reubicarlo inmediatamente en otro lugar de prácticas. 6. Las lES podrán organizar instancias institucionales para la coordinación de los programas de vinculación con la sociedad y las prácticas pre profesionales, en una o varias carreras. 7. En el convenio específico con la institución o comunidad receptora, deberá establecerse la naturaleza de la relación jurídica que ésta tendrá con el estudiante: a. Si es únicamente de formación académica, se excluye el pago de un estipendio mensual y de ser necesario se utilizará un seguro estudiantil por riesgos laborales. b. Si se acuerda, además de la formación académica, el pago de un estipendio mensual, se considerará una pasantía, ésta se regirá por la normativa pertinente e incluirá la afiliación del estudiante al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. c. En el caso de las carreras de tercer nivelo de grado de medicina humana y otras carreras que tengan internado rotativo éste se considerará como prácticas pre profesionales cuya carga académica podrá estar o no dentro de la malla curricular, en el caso de que estas horas no estén contempladas en la malla curricular, se considerarán un requisito de graduación. (Artículo reformado mediante Resolución RPC-SO-45-No.535-2014, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria, desarrollada el17 de diciembre de 2014; RPC-SE-03-No.004-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Tercera Sesión Extraordinaria, desarrollada el 22 de marzo de 2016 y RPC-SO- 17 No.269-2016, adoptada por el Pleno del Consejo de Educación Superior en su Décima Séptima Sesión Ordinaria, desarrollada el 04 de mayo de 2016) Artículo 95.- Evaluación de carreras y prácticas pre profesionales. - El CEAACES tomará en cuenta la planificación y ejecución de las prácticas pre profesionales para la evaluación de carreras, considerando el cumplimiento de la presente normativa. Gloria Iñiguez Jiménez BIBLIOGRAFÍA ➢ Constitución de la República del Ecuador. (2018). Obtenido de https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web- inec/Sitios/LIBRO%20buen%20vivir/files/assets/downloads/page0037.pdf ➢ Ley Orgánica de Educación Superior LOES. (02 de AGOSTO de 2018). Obtenido de https://www.epn.edu.ec/wp-content/uploads/2018/08/LOES.pdf ➢ UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR. (27 de Agosto de 2105). REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR. 2021-09-08T12:25:53-0500 HERNAN ARTURO ROJAS SANCHEZ 2021-09-09T08:39:20-0500 MONICA GEOCONDA LEON GONZALEZ